El Govern solicita autorización judicial para exigir vacunación, PDIA o haber pasado el COVID19 para acceder a residencias y eventos

Levantadas las restricciones sociales nocturnas en Menorca, se reducen las de Formentera y se mantienen las de Mallorca e Ibiza

El Consell de Govern de hoy ha aprobado un solicitar al Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (TSJB) la autorización para poder exigir, para el acceso a determinadas actividades y establecimientos, como residencias de mayores o discapacitados, la pauta de vacunación completa o el certificado de haber pasado el COVID19 en los seis meses anteriores o bien una PDIA negativa, 48 horas de antígeno o 72 horas antes si es PCR.

El Govern quiere tener la posibilidad de exigir estas opciones para aumentar la seguridad en grandes acontecimientos deportivos y culturales que reúnan a más de 2.500 espectadores en el exterior (y hasta 5.000) o más de 500 en el interior (y hasta un máximo de 1.000). Hasta que no lo autorice lo TSJB, los aforos en todos los actos culturales y deportivos tienen que ser de un máximo de 2.500 en el exterior y de 500 en los espacios interiores.

Por otra parte, el Consell de Govern ha aprobado hoy levantar las restricciones nocturnas en el ámbito social que hasta ahora están vigentes en Menorca, teniendo en cuenta su buena evolución epidemiológica y sanitaria. En Formentera la prohibición de encuentros sociales entre no convivientes se retrasa a las 2 h de la madrugada (y hasta las 6 h) y en Ibiza y Mallorca se mantiene como hasta ahora, entre la 1 h y las 6 h.

Así se ha acordado después de la resolución de la consellera de Salud y Consumo, que analiza la situación de cada una de las islas y fija las medidas en función de la situación sanitaria y epidemiológica. Según el informe de día 19, Menorca presentaba una incidencia acumulada a 14 días (IA14) de 346 casos por cada 100.000 habitantes, así como una ocupación a planta y a UCI por casos COVID del 6,06% y 11,11% respectivamente.

La incidencia, a la baja y por debajo de los 350 casos por cada 100.000 habitantes, permite eliminar las restricciones que hasta ahora se aplican. En el caso de Formentera, la IA14 sigue también una tendencia descendente y se sitúa en los 428,4 por 100.000, lo que también permite retrasar las limitaciones sociales entre no convivientes a las 2 h (y hasta las 6 h), una hora menos que hasta ahora.

En el caso de Ibiza y Mallorca, las restricciones nocturnas se mantienen tal como ahora, atendida su situación epidemiológica y hospitalaria. En el caso de Ibiza, la IA14 se fija en los 836,5 (con ocupación en planta por casos COVID de un 15,31% y a UCI de un 16,39%), mientras que en Mallorca la IA14 se encuentra en los 501,1 (con ocupación en planta por casos COVID de un 9,28% y de un 25,3% a UCI).

Dado que en Mallorca se observa una evolución favorable de la situación epidemiológica y hospitalaria, se espera también poder relajar las medidas durante la semana que viene. Según la normativa que entró en vigor el 24 de julio, las reuniones y encuentros familiares y sociales en horario nocturno se tienen que fijar según estas limitaciones:

Cuando la IA14 en la isla sea superior a 350 casos por 100.000 habitantes y la presión hospitalaria sea superior al 5% en relación con las camas de UCI ocupadas por casos de COVID19, o del 2% en relación con las camas de hospitalización de estos pacientes, no se permitirán reuniones sociales o familiares, en el horario comprendido entre las 2 h y las 6 h, excepto si se trata de convivientes.

Cuando la IA14 en la isla sea superior a 450 casos por 100.000 habitantes y la presión hospitalaria sea superior al 10% en relación con las camas de UCI ocupadas por casos de COVID19 o del 5% en relación con las camas de hospitalización, no se permitirán reuniones sociales o familiares, en el horario comprendido entre la 1 h y las 6 h, excepto si se trata de convivientes.

Estos cambios del ámbito sanitario también afectarán a los horarios permitidos a las actividades colectivas de tipo social, cultural, deportivo, de ocio, de restauración y hotelería, que tendrán que concluir a la 1 h en Mallorca e Ibiza, y a las 2 h a las de Menorca y Formentera.

El uso de la mascarilla (una de las herramientas más eficaces en la hora de evitar contagios), siempre que no se pueda garantizar una distancia social de un metro y medio y cuando se pueda concurrir en el mismo espacio con no convivientes, los mayores de seis años tienen que llevarla mascarilla, tanto en la vía pública o en espacios al aire libre como espacios cerrados de uso común o en las zonas de atención al público de edificios, públicos o privados.

La participación en ceremonias y celebraciones nupciales, bautizos, comuniones y otras celebraciones asimilables se puede llevar a cabo en espacios públicos y privados, tanto al aire libre como en espacios cerrados, siempre que no se supere el número de 120 participantes en el exterior y 50 en el interior, y siempre que no se supere el 50% de cabida máxima.

Los parques y las playas de todas las Islas Baleares tendrán que estar cerrados al público entre las 22 h y las 6 h. Se permite la realización de ferias y muestras, de acuerdo con la normativa COVID-19 específica para mercadillos. Las actividades tienen que ser preferentemente al aire libre. Los puestos de venta de comida tienen las mismas limitaciones que las terrazas de bares y restaurantes.

Se permiten actos culturales, deportivos e institucionales ligados a la celebración de fiestas populares, siempre que se sigan las medidas para la contención del COVID-19 sectoriales correspondientes al tipo de actividad. En cualquier caso, se recomienda que la asistencia se organice por el sistema de reserva previa. Los organizadores tienen que garantizar que no se generen riesgos de aglomeraciones ni se produzcan.

Se permiten los bailes populares al aire libre. Los participantes tienen que llevar mascarilla incluso en el momento del baile. No se permiten acontecimientos como sopars a la fresca, verbenas ni correfocs. El material promocional de las actividades (programas de fiestas, carteles, imágenes digitales…) tiene que especificar las medidas de prevención y de control que se aplican.

Con el fin de evitar los desplazamientos de un municipio a otro, no se pueden organizar actividades que los promuevan o en las cuales, por la experiencia de años anteriores, se de afluencia de visitantes. Las representaciones culturales tradicionales (cossiers, cavalletes, etc.) se tienen que desarrollar en un entorno en que se pueda garantizar el control de acceso del público, la capacidad máxima del espacio y la distancia social.

Se continúa permitiendo el servicio de restauración de bares, cafeterías y restaurantes en los espacios interiores y en terrazas hasta la 1 h en Mallorca e Ibiza y hasta las 2 h en Menorca y Formentera. En cuanto a la capacidad máxima por mesa, en Mallorca e Ibiza será de 4 clientes en el interior y de 8 en el exterior, y en Menorca y Formentera será de 8 en el interior y 12 en el exterior.

Estas medidas que afectan los sectores mencionados y la resolución de la consellera de Salud y Consumo que especifica la situación de las islas entrarán en vigor hoy, después de que se publiquen en una edición extraordinaria del Boletín Oficial de las Islas Baleares. La publicación y la entrada en vigor del resto de medidas específicas tienen que esperar la ratificación de la sala.

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