El Govern balear establece limitaciones de aforos, aunque no movilidad, en todo el término municipal de Eivissa y durante 15 días, para frenar la propagación del COVID19

JUAN RIERA ROCA

Dada la evolución de la situación epidemiológica, la Conselleria de Salud y Consumo ha dictado una nueva resolución que establece medidas temporales y excepcionales para la contención de la difusión del COVID19 que afecta a todo el término municipal de Eivissa y cuya vigencia será de 15 días naturales a partir de las 22.00 horas de este viernes, 2 de octubre. 

En este caso no se establecen restricciones de movilidad pero sí se limitan aforos. Así lo ha explicado la consellera de Salud y Consumo, Patricia Gómez, tras una reunión de evaluación y coordinación con el presidente del Consell Insular de Eivissa, Vicente Marí; el alcalde de Sant Antoni, Marcos Serra; el alcalde de Eivissa, Rafael Ruiz y otros cargos técnicos y de gestión.

Según los datos epidemiológicos a 28 de septiembre, el municipio de Eivissa tiene una incidencia acumulada a 14 días de 620,69 casos por 100.000 habitantes (el 18 de septiembre era de 662,88). En Balears es de 190,61 (287,31 el 18 de septiembre).

A pesar de que la incidencia en el municipio de Eivissa se ha reducido en una pequeña proporción, representa más del triple que la del conjunto de las Illes Balears. Otro de los indicadores que refleja la evolución de la pandemia es la tasa de positividad de PCR a 7 días, que en Eivissa ha sufrido un ligero incremento (de un 13,29 % a un 13,7 %).

Por el contrario, la misma tasa ha disminuido en el mismo periodo en Balears (pasando de un 6,84 % a un 4,36 %). Esta situación epidemiológica dibuja una situación ante la que es preciso intensificar las actuaciones sanitarias y de restricciones de la interacción social que se han aplicado hasta el momento para evitar una expansión descontrolada del COVID19.

Por este motivo, la resolución establece medidas temporales y excepcionales para todo el municipio de Eivissa que afectan a varios ámbitos, entre los que destacan:

A todos los efectos, cualquier local o establecimiento comercial para el que no se establezcan expresamente condiciones de capacidad en esta resolución no podrá superar el 50 % de su capacidad autorizada o establecida.

Todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público tienen como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superar en ningún caso las 22.00 h.

Los gimnasios y centros deportivos de todo tipo podrán retomar su actividad, si bien no podrán superar el 25 % de la capacidad autorizada o establecida.

Se establecerá un horario de atención con servicio prioritario para personas mayores de 65 años.

Se prohíben los encuentros y reuniones de más de 5 personas, tanto en el ámbito privado como en el ámbito público, salvo en el caso de las personas convivientes. Esta prohibición incluye las bodas, celebraciones sociales de todo tipo y la práctica deportiva.

No se consideran incluidas en esta prohibición las actividades laborales ni los medios de transporte público.

En los velatorios podrán participar un máximo de 15 personas.

En las reuniones que concentren hasta 5 personas en espacios públicos no se permitirá el consumo de alimentos ni bebidas.

No podrán participar personas que tengan síntomas de COVID19 o que deban estar aisladas o en cuarentena por cualquier motivo.

Durante estos tipos de actividades se respetará la distancia mínima de seguridad interpersonal entre los no convivientes y la obligatoriedad del uso de mascarilla en su caso.

Se recomienda evitar reuniones con personas ajenas al núcleo de convivencia.

Se permitirá la actividad de los lugares de culto, pero con una limitación de asistencia del 25 % de su capacidad máxima, en cualquier tipo de acto litúrgico o religioso que se realice en el centro.

La capacidad máxima de todos estos centros estará publicada en un lugar visible y se cumplirán las medidas generales de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.

Se prohíbe la celebración de ferias y fiestas populares, verbenas, cenas al fresco y otros eventos populares, tanto de organización privada como municipal o insular.

Los establecimientos que ejerzan la actividad de restaurante o bar cafetería limitarán su aforo al 25 % en espacios interiores y al 50 % en los espacios exteriores.

La ocupación máxima será de 5 personas por mesa o agrupación de mesas y no se permitirá el consumo en barra.

Todos los establecimientos de restauración (restaurantes y bares cafetería) tienen como hora de cierre la legalmente autorizada, no pudiendo superar en ningún caso las 22.00 h.

Las actividades en academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas y centros de formación podrán impartirse de forma presencial siempre y cuando no se supere una capacidad del 50 % respecto al máximo permitido.

Se limitará a grupos máximos de cinco personas y se establecerán las medidas necesarias para mantener la distancia de seguridad interpersonal de metro y medio en las instalaciones en todo momento.

Se suspende la actividad de los parques y jardines y de parques infantiles de uso público y locales de ocio infantil. Sin embargo, se exceptúan de esta suspensión los establecimientos y espacios cedidos por el Ayuntamiento a los centros docentes y educativos para realizar actividades docentes.

Se respetarán las medidas de seguridad y de higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID19. En especial, se aplicarán medidas estrictas de higiene de manos, y se asegurará la correcta ventilación de locales y espacios cerrados, así como la limpieza y desinfección de las superficies.

El Govern tiene previsto realizar una campaña informativa conjuntamente con el Ayuntamiento para explicar a la ciudadanía la necesidad de evitar toda actividad fuera del domicilio que no sea imprescindible. 

En cuanto a la situación de Sant Antoni de Portmany, la consellera de Salud y Consumo ha indicado que la situación es más favorable y se está realizando un seguimiento estrecho para tomar decisiones en los próximos días.

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