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El Certificado COVID y la imposición indirecta de la vacunación

Marta Rossell
Socia Directora Bufete Buades

El Certificado Covid que se ha implantado en varias Comunidades Autónomas y países de nuestro entorno como obligación para la realización de determinadas actividades ha causado y está causando mucha polémica, no sólo respecto a su efectividad o al control social, sino también a si la imposición indirecta que supone la limitación de actividades a los no vacunados puede resultar legítima a la luz tanto de la salud pública, como del respeto a la vida privada y a la libertad individual.

No se trata de discutir la efectividad demostrada de las vacunas frente a los fallecimientos y enfermedad grave por Covid, sino que se trata de saber si, partiendo de estas circunstancias, las Autoridades sanitarias pueden imponer las vacunas indirectamente a través de la introducción de requisitos para la realización de determinadas actividades.

Nos preguntamos ¿Sería ajustada a derecho esta decisión de imponer restricciones para lograr obligar indirectamente a los no vacunados a que se vacunen? Debemos recordar que la libertad es el primer principio citado en el artículo 1 de la Constitución, después de hacer referencia al Estado social y democrático de derecho.

Asimismo no debemos olvidar que, en nuestra legislación no se impone la vacunación de forma obligatoria, pues la Ley General de Salud Pública contempla que la participación en materia de salud pública será voluntaria. La falta de habilitación normativa expresa podría hacernos entender que no podría tener amparo dentro de la más genérica que se recoge en su art. 3 para que las Autoridades administrativas puedan tomar las medidas que se consideren necesarias en caso de riesgo de carácter transmisible. Pero aunque se entendiese que esa posibilidad se podría encuadrar dentro del art. 3 LO 3/1986 (LA LEY 924/1986), existiendo una ley especial y posterior que contempla la voluntariedad como regla general, parecería necesario que una norma con el mismo rango de ley para imponer aunque sea de modo indirecto, la obligación de vacunarse.

La voluntariedad de la vacunación en general y en especial contra el Covid, podría llevarnos a concluir que la imposición por vía indirecta de la vacunación a través del Certificado Covid es un fraude de ley del art 6.4 del Código Civil, contrario a derecho que no debería impedir la aplicación de las leyes que expresamente otorgan la libertad a la hora de decidir sobre la vacunación. Por lo tanto, el Certificado Covid no superaría el triple juicio de proporcionalidad, tanto como medida de salud pública, como de incitación a la vacunación, al no ser una medida eficaz para contener la transmisión comunitaria del virus.

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