La Conselleria de Salut de Baleares rechaza el Real Decreto del Gobierno central que regula con grandes limitaciones la prescripción enfermera

Juan Riera Roca
La Conselleria de Salut del Govern balear se ha unido hoy a otras consejerías de autonomías que rechazan el Real Decreto del Gobierno central que regula la prescripción enfermera, por considerar que la norma anula la autonomía de los profesionales y restará agilidad en la atención a las personas.

Según la postura del Govern, el Real Decreto aprobado por el Consejo de Ministros el 23 de octubre, en vez de reconocer las actividades que los enfermeros desarrollan de forma habitual desde hace años y aportar seguridad jurídica, les prohíbe la indicación de medicamentos y material sanitario.

La consellera Patricia Gómez, defiende la capacitación de las enfermeras y enfermeros, y lamenta que la nueva normativa les impedirá llevar a cabo, de forma autónoma, cientos de actuaciones que hasta ahora han realizado con normalidad pero ahora deberá autorizar un médico.

El Real Decreto regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros. Para la Conselleria esta medida no soluciona el problema de vacío legal que afectaba a la actividad del personal de enfermería.

Y además –se considera desde la administración sanitaria balear –agrava su situación, imponiendo una prohibición que quita sin motivo alguno autonomía a los profesionales que están realizando una labor asistencial con probada formación y eficiencia.

El texto establece que médicos, odontólogos y podólogos son los únicos profesionales con facultad para recetar. Los enfermeros, a pesar de contar con la misma formación acreditada en farmacología que odontólogos y podólogos no podrán administrar legalmente ningún medicamento.

Y ello si no hay previamente un prescriptor que diagnostique al paciente y determine el protocolo a seguir, aunque el enfermero cuente con más formación y experiencia, y conozca mejor las guías de práctica clínica basadas en la evidencia científica.

Esto sucede incluso en determinados procesos asistenciales que los profesionales de enfermería lideran y desarrollan con los usuarios de forma rutinaria. Esta decisión tendrá consecuencias directas para los enfermeros, ya que se les prohibirá realizar cientos de actividades cotidianas.

Al menos, sin la autorización previa de un médico. Por su parte los médicos, que verán aumentado considerablemente su volumen de trabajo por tener que autorizar productos necesarios en procesos asistenciales que, en ocasiones, ni controlan ni conocen por ser labor diaria de enfermería.

Desde la Conselleria se cree que la nueva normativa será perjudicial también para los usuarios, que notarán un empeoramiento en la atención ya que verán reducida la rapidez y flexibilidad del proceso que ahora se realiza ya de un modo rápido y eficaz.

Hoy, por ejemplo, la enfermera es la responsable de administrar las vacunas o de decidir una cura; pero con la nueva normativa los pacientes deberán pasar primero por el médico, que tendrá que prescribir esa vacuna o cura. Todo ello requerirá cita con el médico y luego con la enfermera…

Salut rechaza la norma y reivindica el desarrollo de las competencias que tienen reconocidas los enfermeros en su programa curricular de grado universitario, incluida la prescripción, y propone el desarrollo del Decreto 52/2011, de 20 de mayo.

Este decreto regula en Baleares la actuación del personal de enfermería en el ámbito de la prestación farmacéutica del sistema sanitario público, ofertando así la misma atención que reciben los ciudadanos en la Comunidad Andaluza, que ha acreditado una mejora de la calidad asistencial y costes.

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