El Govern reduce las restricciones contra el COVID19 ante la mejora de los resultados epidemiológicos en Baleares

Imagen de archivo de una inspección en un establecimiento de restauración.

Consulte los indicadores epidemiológicos a pie de página⏬

El Consell de Govern extraordinario celebrado hoy viernes, 7 de mayo, ha aprobado un nuevo plan para establecer las medidas para evitar la propagación del nuevo coronavirus SARS-CoV-2 causante de la pandemia de COVID19 en las Illes Balears para las próximas 2 semanas.

Se trata de un marco común de medidas y especificidades para cada isla, en función de su situación epidemiológica y de alerta sanitaria. Formentera y Menorca permanecen en nivel 1 y a Mallorca en nivel 2, mientras que Eivissa pasa de nivel 2 a nivel 1.

Según los datos del Ibsalut y del Servicio de Epidemiología de la Dirección General de Salud Pública y Participación, la incidencia en el conjunto de las Illes Balears continúa estabilizada en alrededor de 60 casos a 14 días por cada 100.000 habitantes.

La tasa de positividad se sitúa en un promedio del 1,5% y la trazabilidad de casos supera el 50% . Formentera es la isla con mejor situación hoy por hoy, tras 14 días sin ningún positivo. Eivissa, Mallorca y Menorca se encuentran en una situación sostenida.

En estas islas y ya desde hace semanas, los casos están ligados a brotes más extensos debido a la variante británica, que continúa siendo la predominante en la comunidad y que tiene mayor transmisibilidad, estimada en un 75% mayor que las cepas iniciales.

El Comité de Gestión de Enfermedades Infecciosas pide máxima prudencia ante la flexibilización de medidas, teniendo en cuenta la situación en otras CCAA y el continente europeo y la mayor diversidad de variantes del virus que se están detectando en la las islas.

En el marco de una desescalada “lenta y cauta” cuyo objeto es evitar aumentos repentinos de contagios que pueden poner en riesgo la salud de los ciudadanos, así como comprometer el proceso de vacunación, se considera adecuado mantener varias medidas y flexibilizar otras.

Los principales cambios son los siguientes:

Parques infantiles de uso público al aire libre
-Los parques infantiles o espacios de uso público al aire libre similares podrán estar abiertos al público, excepto entre las 21.00 y las 06.00 horas.

Playas
-No podrá permanecerse en las playas entre las 21.00 y las 06.00 horas, salvo que sea para la realización de alguna actividad o competición programada por alguna de las federaciones deportivas de las Illes Balears.

Velatorios, entierros y otras ceremonias
-La participación en comitivas para el entierro o despedida para la cremación del cuerpo del difunto, así como los velatorios y ceremonias y celebraciones nupciales, bautizos o comuniones, podrán celebrarse en todo tipos de instalaciones o espacios, públicos o privados, tanto al aire libre como en espacios cerrados, siempre y cuando no superen el número de 30 concurrentes en espacios exteriores y 15 en espacios interiores, y el 50% del aforo máximo del establecimiento.

Academias de baile
-Las actividades que se desarrollen en las academias de baile serán posibles siempre y cuando se respete el 50% del aforo máximo. Se permiten grupos de un máximo de 15 practicantes simultáneamente en la misma sala.

Condiciones de actividad física al aire libre
-La actividad física al aire libre, incluidas las actividades de senderismo, podrá realizarse en grupos de hasta 15 deportistas.
Instalaciones deportivas al aire libre, cubiertas y centros deportistas, y piscinas de uso recreativo y deportivo.

-La práctica de actividades estáticas en sala, entre las que se incluyen las actividades dirigidas y las actividades en salas de musculación, estarán permitidas siempre y cuando no se supere el 50% del aforo máximo. En las salas de actividades dirigidas se permite la presencia simultánea en la misma sala de un grupo de máximo 15 practicantes en el caso de actividades de baja intensidad o de un grupo de máximo 10 en el caso de actividades de alta intensidad. En todo caso, es obligatorio el uso de mascarilla, tanto para monitores como para quien realiza la actividad deportiva. Los vestuarios podrán ocuparse al 30% en la isla de Mallorca y al 50% en el caso de Eivissa, Menorca y Formentera.

– El uso de vestuarios continúa prohibido para deportes de equipo y contacto en la isla de Mallorca.

Eventos deportivos
-Los eventos deportivos podrán tener hasta un máximo de 500 espectadores en espacios abiertos (siempre y cuando no supere el 50% del aforo total permitido) y 200 en el caso de los interiores (hasta un 30% del aforo). Se dejarán 3 asientos entre integrantes de diferentes núcleos de convivencia. Sigue prohibida la ingesta de alimentos y bebidas.
-En el caso de competiciones deportivas y entrenamientos de menores en Mallorca, de ámbito autonómico o insular, se permite la asistencia de dos acompañantes por menor, hasta un máximo del 25% del aforo.

Cines y circos de carpa
-Autorizado el consumo de alimentos y bebidas con un aforo de hasta un 45 % .

Teatros, auditorios, salas de conciertos y espacios similares
-Los teatros, auditorios y salas de conciertos podrán ocupar el 50% de su aforo manteniendo una butaca libre o 1,5 metros de distancia si no hay butacas libres entre unidades de convivencia. En otros espacios donde se realicen eventos similares, se permitirán hasta 500 espectadores en espacios exteriores y 200 en interiores, siempre y cuando no superen el 50% del aforo máximo autorizado.

Establecimientos de juegos y apuestas
-Podrán abrir hasta las 22.00 h, con un 50% de aforo. En el caso de Mallorca y Eivissa no podrán tener actividad de restauración.

Comercio, grandes superficies y centros comerciales
-Los establecimientos comerciales concluirán su actividad a las 22.00 horas y con una reducción al 75% del aforo máximo autorizado en Mallorca. Se exceptúan de estas limitaciones los establecimientos dedicados al comercio esencial. En Eivissa, Menorca y Formentera podrán tener el aforo del 100 % .

-Los centros comerciales y grandes superficies concluirán también su actividad a las 22.00 horas pudiendo abrir con el aforo al 100% en Menorca, Eivissa y Formentera, mientras que en Mallorca será del 75% en los comercios minoristas y del 50% en los centros comerciales. Se exceptúan de estas reducciones de aforo y obligación de cierre los centros comerciales y las grandes superficies o parte de dichos establecimientos que estén destinados al comercio esencial.

Congresos, seminarios, reuniones de negocio y similares
– Se permite la realización de congresos, seminarios, jornadas, asambleas, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos con 150 asistentes como máximo en espacios exteriores (100 en el caso de Mallorca). En espacios interiores, 100 como máximo (75 en Mallorca) y 75% del aforo máximo autorizado del espacio. Se recomienda celebrar estos eventos de forma telemática. En espacios tipo auditorio podrán tener una asistencia máxima de 500 participantes y un 50% del aforo máximo autorizado.
-En el caso de los congresos dirigidos exclusivamente a profesionales sanitarios, se permite la realización de este tipo de eventos con una asistencia máxima de 1.000 congresistas y un 75% del aforo máximo autorizado del espacio.

Centros recreativos para mayores
Estos centros limitarán su ocupación al 50% del aforo autorizado y podrán desarrollar su actividad habitual con grupos de hasta 30 en el exterior y 15 en el interior. En el caso de los ubicados en Eivissa y Mallorca, permanecerá prohibido el servicio de restauración en interior.

Mercadillos
Los mercadillos podrán ocupar el 75% de los puestos habituales o autorizados si tienen más de veintiuno y el 100% de los puestos habituales o autorizados si generalmente tienen autorizados hasta veinte puestos.

Atracciones de feria
Se permite la actividad de las atracciones infantiles o atracciones de feria siempre y cuando las atracciones se habiliten en grupos de máximo tres, y con una distancia mínima de veinticinco metros entre grupos de atracciones. En caso de que las atracciones sean de uso exclusivamente individual (un usuario por viaje), no se contabilizarán en el cómputo total de atracciones. Tampoco estarán sometidas a estas limitaciones de distancias y agrupaciones las atracciones y puestos que usen como establecimiento de atención al público un vehículo remolque (churrerías, casetas de tiro y análogos y tómbolas).

Restauración en Mallorca
Los espacios interiores permanecerán cerrados para el consumo de alimentos y bebidas. En cuanto a los exteriores, podrá usarse el 100% del aforo; las mesas podrán ser, como máximo, de 4 y se recomienda limitar el número de núcleos. La hora límite de cierre serán las 22.30 h.

Restauración en Menorca
Se permite la apertura de espacios interiores, reduciendo al 50% el aforo máximo. Las mesas serán de 4 clientes como máximo, de 2 núcleos de convivencia. El cierre será a las 17.00 h como máximo, excepto viernes, sábados y domingos, que será a las 18.00 h. En cuanto a los exteriores, podrá usarse el 100% del aforo; las mesas podrán ser, como máximo, de 6 y se recomienda limitar el número de núcleos. La hora límite de cierre serán las 22.30 h.

Restauración en Formentera
Se permite la apertura de espacios interiores, reduciendo al 50% el aforo máximo. Las mesas serán de 4 como máximo, de 2 núcleos de convivencia. El cierre será a las 17.00 h como máximo, excepto viernes, sábados y domingos, que será a las 18.00 h. En cuanto a los exteriores, podrá usarse el 100% del aforo; las mesas podrán ser, como máximo, de 6 y se recomienda limitar el número de núcleos. La hora límite de cierre serán las 22.30 h.

Restauración en Eivissa
Los espacios interiores permanecerán cerrados para el consumo de alimentos y bebidas. En cuanto a los exteriores, podrá usarse el 100% del aforo; las mesas podrán ser, como máximo, de 4. La hora límite de cierre serán las 22.30 h.

Indicadores epidemiológicos a 07/05/21

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