El Govern amplía aforos y permite la restauración en interior en Eivissa y Mallorca gracias a la buena situación epidemiológica

Imagen de Wikipedia-Ignis

El Govern balear ha anunciado que se amplían los aforos y se permitirá la restauración en interiores en Eivissa y Mallorca gracias a la buena situación epidemiológica. La bajada de los contagios registrada en las dos últimas semana permite flexibilizar medidas.

Un Consell de Govern extraordinario ha aprobado nuevas medidas para evitar la propagación del COVID19 para las próximas dos semanas. Se ha decidido rebajar el nivel de alerta en Mallorca (que de 2 pasa a 1) y mantener Formentera, Eivissa y Menorca en nivel 1.

Las nuevas medidas complementan las ya acordadas el pasado lunes (y que han sido ratificadas por el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears), como el toque de queda, que será retrasado desde ahora a las 00.00, desde el momento que lo publique el BOIB.

A partir del domingo se permitirán hasta 8 participantes en reuniones sociales y familiares en exteriores (exceptuando la restauración) y 6 en interiores. Se mantiene el límite máximo de aforo en espacios de culto interiores en el 50%.

La Conselleria de Salud y Consumo dictará una resolución que introduce cambios en los controles sanitarios de acceso a las Illes Balears desde otras puntos de España. Se dejará de exigir una prueba diagnóstica negativa de COVID19 a determinados pasajeros.

Esta medida atañe para todos aquellos pasajeros que hayan superado la enfermedad o para quien haya recibido al menos 15 días antes del viaje la vacuna (ya sea la primera o segunda dosis). Desde CCAA incidencia acumulada inferior a 60 tampoco necesitarán una prueba.

Para el resto de viajeros se permitirá que, además de PCR, puedan presentar el resultado negativo de un test de antígenos realizado 48 horas antes. Todo ello con el objeto de dar fluidez a las comunicaciones a todos aquellos viajeros que presenten garantías.

Situación epidemiológica

Según los datos del Ibsalut y del Servicio de Epidemiología de la Dirección General de Salud Pública y Participación, la incidencia acumulada (IA) en el conjunto de las Illes Balears ha bajado de los cerca de 60 casos a 14 días (IA14) por cada 100.000 a poco más de 45.

La tasa de positividad media es del 0,8 %, la mitad que 15 días atrás, y la trazabilidad de casos supera el 50%. Formentera tiene la mejor situación con una IA14 de 16 por 100.000 habitantes, seguida de Eivissa, con 38 y Mallorca con IA14 de 46. En Menorca la situación está estabilizada entorno a una IA14 de 75 casos por 100.000.

El Comité de Gestión de Enfermedades Infecciosas concluye que la situación es positiva, pero continúa requiriendo prudencia por la situación en otras CCAA y el continente europeo, así como la aparición de variantes más transmisibles y resistentes a las vacunas.

Principales cambios:

Para la actividad al aire libre sin contacto (incluidas excursiones) se amplía de 15 a 30 el número máximo permitido de participantes.

En velatorios, entierros y otras ceremonias aumenta hasta 50 en exteriores y 20 en interiores (siempre y cuando no se supere el 50 % de aforo del establecimiento) la participación en comitivas para el entierro o despedida para la cremación del cuerpo del difunto, así como los velatorios y ceremonias y celebraciones nupciales, bautizos o comuniones, que pueden realizarse en todo tipo de instalaciones o espacios, públicos o privados.

En las academias de baile se permiten grupos de hasta 20 (hasta ahora eran 15) simultáneamente en la misma sala para las actividades que se desarrollen en las academias de baile, siempre y cuando se respete el 50 % del aforo máximo.

Instalaciones deportivas al aire libre, cubiertas y centros deportivos, y piscinas de uso recreativo y deportivo

En las salas de actividades dirigidas se permite la presencia simultánea en la misma sala de un grupo de máximo 20 deportistas en el caso de actividades de baja intensidad o de un grupo de máximo 15 en el caso de actividades de alta intensidad (hasta ahora eran de 15 y 10, respectivamente).

En todo caso, es obligatorio el uso de mascarilla, tanto para los monitores como para quien realice la actividad deportiva. Los vestuarios podrán ocuparse al 50% en todas las islas. En el caso de la práctica de actividades estáticas en sala, entre las que se incluyen las actividades dirigidas y las salas de musculación, está permitida siempre y cuando no se supere el 50% del aforo máximo.

Eventos deportivos

En las competiciones deportivas de ámbito autonómico o insular se permite la asistencia de público, con las siguientes condiciones:

En instalaciones deportivas cubiertas, un 30 % del aforo máximo hasta un máximo de 200 espectadores. En instalaciones deportivas descubiertas, un 50 % del aforo máximo hasta un máximo de 500 espectadores.

En las competiciones deportivas de ámbito estatal o internacional se permite la asistencia de público, con las siguientes condiciones:

En instalaciones deportivas cubiertas, un 30 % del aforo máximo hasta un máximo de 500 espectadores. En instalaciones deportivas descubiertas, un 50 % del aforo máximo hasta un máximo de 1.000 espectadores.

Práctica deportiva federada y organizada

Como novedad, en el caso del deporte no federado organizado se permiten los entrenamientos con contacto físico. En cuanto al deporte federado se mantienen los entrenamientos deportivos de deportes de equipo y de contacto con contacto físico, así como las competiciones autonómicas de ámbito insular e interinsular correspondientes, para deportistas federados a partir de 6 años.

En los cines y circos de carpa se autoriza el consumo de alimentos y bebidas con un aforo que se amplía hasta el 50%. Los teatros, auditorios y salas de conciertos podrán desarrollar su actividad, con los asientos preasignados, siempre y cuando no superen 2/3 del aforo máximo autorizado. En otros espacios donde se realicen eventos similares, aumenta el aforo permitida de 500 a 1.000 espectadores en exteriores y de 200 a 400 en el caso los espacios interiores.

En las bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones, monumentos y otros equipamientos culturales el aforo máximo se establece en el 75 % del aforo máximo autorizado; actividades grupales, máximo 30 participantes en actividades interiores y de 50 en actividades exteriores.

Los establecimientos de juego y apuestas podrán seguir abriendo hasta las 22.00 h, con un 50% de aforo. Podrán tener actividad de restauración hasta las 18.00 h. En todo caso, será obligatorio garantizar la buena ventilación del establecimiento.

La actividad de los locales de ocio infantil se desarrollará respetando el 50 % del aforo máximo autorizado del espacio y grupos de máximo 20 niños en espacios interiores y 50 en espacios exteriores.

Comercio, grandes superficies y centros comerciales

Los comercios concluirán su actividad a las 22.00 horas y se amplía el aforo permitido al 100% en todas las islas. Los centros comerciales y las grandes superficies concluirán también su actividad a las 22.00 horas y podrán abrir con el aforo al 100%, pero tendrán que garantizar que no se superen los niveles de CO₂ manteniéndolos por debajo de 800 ppm en todo el establecimiento. A tal efecto instalarán aparatos de medición que sean visibles al público.

Congresos, seminarios, reuniones de negocio y similares

Se permite la realización de congresos, seminarios, jornadas, asambleas, encuentros, reuniones de negocios, conferencias y eventos con 150 participantes como máximo en espacios exteriores en todas las islas y 100 máximo y 75% del aforo máximo autorizado del espacio, en el caso de los interiores. Se recomienda realizar estos eventos de forma telemática. En espacios tipo auditorio podrán tener una asistencia máxima de 500 participantes y un 50% del aforo máximo autorizado.

En el caso de los congresos dirigidos exclusivamente a profesionales sanitarios, se permite la realización de este tipo de eventos con una asistencia máxima de 1.000 participantes y un 75% del aforo máximo autorizado d del espacio.

En los centros recreativos para mayores continuará limitando su aforo al 50% autorizado pero aumenta el número de usuarios por grupos que podrán realizar su actividad habitual: hasta 50 en exterior y 20 en interior (hasta el momento era de 30/15). En el caso de los ubicados en Eivissa y Mallorca, podrán reabrir de nuevo el servicio de restauración en interior hasta las 18.00 h siguiendo la misma normativa que el resto de establecimientos de restauración.

En los hoteles, refugios y otros establecimientos turísticos los espacios comunes podrán ocuparse al 50 %. Está permitido el uso de habitaciones compartidas, siempre y cuando no se supere ni el 50% del aforo ni las 6 huéspedes por estancia. Las viviendas turísticas estarán ocupadas por un máximo de 6 huéspedes.

Los mercadillos podrán recuperar el 100% de los puestos habituales o autorizados, independientemente del número de puestos con los que cuenten.

Restauración

Se permite la apertura de espacios interiores en todas las islas, reduciendo al 50% el aforo máximo en Menorca y Formentera, y en el caso de Eivissa y Mallorca si tienen habilitada terraza exterior se fijará en el 30%. En todo caso, el máximo permitido será de 150 clientes. Las mesas serán de 4 como máximo. El cierre será a las 18 h como máximo.

En cuanto a los exteriores, podrá usarse el 100% del aforo siempre y cuando no se superen los 250 clientes; las mesas podrán ser, como máximo, de 8 en Formentera, de 6 en el caso de Menorca y de 4 en Eivissa y Mallorca. La hora límite de cierre serán las 23.00 h (a las 23.30 en el caso de Formentera).

El Acuerdo del Consell de Govern está previsto que se publique el sábado en el Boletín Oficial de las Illes Balears y que entre en vigor a las 00.00 h del domingo, salvo las relativas al ámbito deportivo que estarán vigentes desde su publicación.

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