Balears dispondrá de un nuevo sistema de alerta sanitaria que determinará las medidas de protección con cinco niveles a partir de la situación epidemiológica de cada territorio

JUAN RIERA ROCA
Las Illes Balears dispondrán a partir de mañana de un nuevo sistema de niveles de alerta sanitaria y de un nuevo Plan de medidas excepcionales de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID19.

Este plan ordena y detalla las restricciones que se deberán aplicar de ahora en delante en función del nivel de alerta en el que se encuentre cada territorio. La aplicación de los siguientes niveles, excepto en caso de urgencia, se actualizará cada 2 semanas.

Esta actualización se hará en función de los indicadores epidemiológicos. Así ha sido aprobado hoy por acuerdo del Consell de Govern. La presidenta Francina Armenfol ha firmado un decreto para adaptar a los nuevos niveles de alerta las limitaciones a la libertad.

Estas restricciones pueden afectar a las libertades de circulación y a la entrada y salida de personas del territorio, así como a la permanencia en determinados espacios que prevé el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, durante el actual estado de alarma.

El nuevo Plan sustituye al que se aprobó por acuerdo del Consell de Govern el 19 de junio de 2020. No es un documento cerrado, sino que se puede actualizar por resolución de la consellera de Salud y Consumo, en la medida en que se considere necesario.

NIVELES DE ALERTA

El documento incluye cinco niveles de alerta en función de la situación epidemiológica:

🔴Nivel de alerta 0: Nueva normalidad. Casos esporádicos y con buena trazabilidad, normalmente importados, y sin que se identifique la existencia de transmisión comunitaria.

🔴Nivel de alerta 1: Riesgo muy abajo o abajo, con brotes complejas o transmisión comunitaria limitada.

🔴Nivel de alerta 2: Riesgo mediano, transmisión comunitaria sostenida generalizada con presión creciente sobre el sistema sanitario.

🔴Nivel de alerta 3: Riesgo alto, transmisión comunitaria no controlada y sostenida que excede las capacidades de respuesta del sistema sanitario.

🔴Nivel de alerta 4: Riesgo muy alto o extremo, transmisión comunitaria no controlada y sostenida que excede las capacidades de respuesta del sistema sanitario y que puede requerir medidas excepcionales.

La declaración de los niveles de alerta sanitaria tiene, como regla general, una duración de 14 días naturales prorrogables y comporta una evaluación continua de los riesgos sanitarios y de la situación epidemiológica del territorio afectado.

Los niveles que establece el acuerdo de hoy se mantendrán hasta el 15 de diciembre. Concretamente, a día de hoy, son:

⭐En Mallorca, nivel de alerta sanitaria 3

⭐En Menorca, nivel de alerta sanitaria 2

⭐En Ibiza, nivel de alerta sanitaria 3

⭐ En Formentera, nivel de alerta sanitaria 1

Para controlar la transmisión del virus y preservar la capacidad asistencial del sistema de salud, en cada nivel de alerta sanitaria se aplicarán las medidas establecidas en el Plan, para cada actividad en función de su riesgo concreto.

El cálculo de los indicadores y la asignación del nivel de alerta se hace desde la Conselleria de Salud y Consumo en base a datos epidemiológicos y asistenciales. Entre las muchas actividades que se regulan se encuentran las reuniones sociales y familiares.

También, la restauración, el consumo de tabaco, el uso de playas, parques infantiles o espacios recreativos de medio ambiente, las fiestas populares, los mercados, las ferias, las velas, la práctica deportiva, los clubes de gente mayor.

Del mismo modo se regulan las actividades culturales, y también la actividad a los centros educativos y los servicios sociales, todo ello de acuerdo, en cada territorio, a los niveles de alarma epidemiológica que se establezcan desde la autoridad sanitaria.

Los servicios de inspección municipales, insulares y autonómicos, las policías locales y de forma eventual y con solicitud de colaboración a Policía y Guardia Civil, serán los encargados de vigilar el cumplimiento de las medidas recogidas en este Plan.

La instrucción de los procedimientos sancionadores que sean procedentes corresponderá a las autoridades competentes de acuerdo con la legislación sectorial aplicable. Este acuerdo se publicará en BOIB mañana, día 28 de noviembre.

 

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