La directiva de asistencia sanitaria transfronteriza de la UE ha sido una «oportunidad perdida» para atraer turismo sanitario a las Islas Baleares

Juan Riera Roca /
La directiva de asistencia sanitaria transfronteriza de la UE ha sido una «oportunidad perdida» para atraer turismo sanitario a las Islas Baleares, del que no se ha visto beneficiada la sanidad privada de esta comunidad, pese a los ya varios años de vigencia de esta normativa que tendría que haber facilitado esta entrada de pacientes.

Así lo expuso, Antoni Fuster, gerente de la Unión Balear de Entidades Sanitarias (UBES, la patronal de la sanidad privada) en su ponencia sobre ‘Asistencia sanitaria transfronteriza: Una oportunidad perdida’, la visión de la sanidad de titularidad privada en Baleares acerca de esta normativa europea del ámbito sanitario.

Fuster, que participó como ponente en los Cursos de Verano de la Universitat de les Illes Balears (UIB) sobre Derecho Sanitario, explicó cómo la directiva 2011/24/EU establece la asistencia sanitaria transfronteriza, que abría la puerta a la movilidad de los pacientes en los países de la Unión Europea.

Esta directiva señala además unas reglas para facilitar su acceso a una asistencia sanitaria segura y de alta calidad en la UE. Sin embargo, Fuster considera que «ha sido una oportunidad perdida», dado que la directiva no ha tenido ningún impacto en el sistema sanitario español ni en concreto en la sanidad de titularidad privada de Baleares.

«La asistencia sanitaria transfronteriza intentaba solucionar de manera ordenada el problema del turismo sanitario y era una posibilidad magnífica para acabar con las listas de espera que existen en todos los países de la Unión Europea», manifestó el gerente de UBES en alusión al espíritu de la normativa comunitaria.

La asistencia sanitaria transfronteriza es un procedimiento mediante el cual un paciente que necesita un tratamiento sanitario tienen el derecho a viajar a otro país para recibirlo. El ciudadano corre a cargo de los gastos de la atención sanitaria, que luego es reembolsada por su servicio de salud de su país de filiación.

Solo están cubiertos por la norma los tratamientos incluidos en la cartera de servicios de su país de origen y aun así algunos de esos tratamientos necesitan una autorización previa. Asimismo, la atención sanitaria puede ser prestada tanto por un centro público como de titularidad privada.

Sin embargo, —destacó Antoni Fuster— «la directiva apenas ha cambiado la situación, y todavía existe un gran desconocimiento sobre la normativa: menos de 2 de cada 10 ciudadanos europeos manifiestan conocer sus derechos en materia de asistencia transfronteriza. En cuatro años España solo recibió 52 peticiones por autorización previa».

Además, se han recibido en ese periodo 10.067 peticiones por procedimientos que no necesitan autorización previa, de las más de 49 mil peticiones que se han lanzado en toda la Unión Europea, «mientras que el sistema sanitario balear, ni público ni privado, no ha recibido ninguna petición».

Y destaca Fuster, «a pesar de ser una comunidad turística, conocida, con un sistema sanitario excelente y que goza de un gran conocimiento y popularidad en toda Europa». El gerente de la UBES analiza que «la anticipación del pago de la asistencia puede suponer una barrera económica para algunos ciudadanos», además de que esta actividad no ha sido promovida por algunos países «por motivos políticos».

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